El responsable económico (abajo firmante) responderá ante el incumplimiento de este contrato.
Condiciones económicas:
En la presente hoja de matrícula aparecerán reflejadas las condiciones económicas del presente contrato, tales como el precio del curso y la forma de pago.
1. En el caso de pagos fraccionados o aplazados, las cuotas se abonarán en mensualidades desde la fecha de inicio de curso hasta junio, dentro primeros 5 días de cada mes.
2. Para la reserva de plaza del 2º curso, se deberá abonar durante el primer curso (de septiembre a febrero), la cantidad fijada como reserva de plaza.
3 El impago de cualquiera de las cantidades aplazadas dará lugar a la resolución de este contrato y por ende de la matrícula, pudiendo Capitol reclamar las cantidades pendientes de pago, reservándose el derecho de restringir el acceso a la cuenta de Office 365 facilitada por Capitol y, por tanto, a cualquier servicio telemático ofrecido por Capitol vinculado a esta cuenta (plataforma de E-learning, Portal del Estudiante, correo electrónico, herramientas de Office, ect y el acceso al aula y realización de los exámenes. Tal y como se recoge en el artículo nº31 del reglamento interno).
4. La devolución de cualquier recibo domiciliado implicará un recargo en concepto de gastos de devolución (la cantidad estipulada por cada entidad financiera).
5. La ausencia del estudiante en determinados periodos no exime del pago correspondiente.
6. En los contratos celebrados con la modalidad de pagos aplazados, en caso de impago de una o más cuotas consecutivas o alternas, por Capitol se requerirá al estudiante para que proceda de inmediato al abono y restitución de las cantidades impagadas, así como cualesquiera gastos bancarios que tal incumplimiento hubiese ocasionado. Transcurrido un plazo de tres días hábiles sin que se hubiesen repuesto completamente las cantidades debidas al Centro de Formación Capitol, este podrá dar por resuelto el contrato, con la anulación de la matrícula y por tanto la baja definitiva del estudiante, lo que supondrá la no inclusión en las actas del curso escolar correspondiente. En cualquier caso, Capitol se reserva el derecho a reclamar las cantidades que le fuesen adeudadas por el estudiante hasta el momento de la resolución por incumplimiento.
Resolución del contrato:
• Derecho de desistimiento: el estudiante dispone de un plazo de quince días naturales, contados desde la formalización de la matrícula, para desistir del contrato, con derecho al reintegro de las cantidades abonadas, mediante comunicación escrita a Capitol.
• En ningún caso, se procederá al reintegro de las cantidades abonadas en concepto de Reserva de plaza
Descarga desde aquí el documento para ejercer el derecho de desistimiento.
• En el hipotético caso que, por circunstancias fehacientes, de fuerza mayor por hechos extraordinarios, imprevisibles o inevitables, Capitol no pudiese prestar definitivamente el servicio de formación que se contrata, se obliga a comunicarlo al estudiante en un plazo máximo de diez días, teniendo derecho el estudiante al reintegro de las cantidades abonadas a estos efectos.
• En caso de que el estudiante abandone sus estudios y/o desee cesar su asistencia al curso matriculado, previamente a la finalización de éste, se compromete a suscribir la baja académica voluntaria, previo pago, si las hubiese, de las cuotas pendientes hasta el mes en curso, facultando al centro de estudios al efecto de que el mismo presenta baja de la matrícula y suscripción a examen ante los organismos oficiales que correspondan. Dicha baja se deberá comunicar a la secretaría del centro antes del día 20 del mes anterior en que se desea hacer efectiva, previa firma del documento de baja mediante carta certificada, correo electrónico o personalmente en la secretaría del centro. Si el importe total del curso se hubiera abonado con un pago único, no se devolverá en caso de suscribir baja voluntaria o cambio de modalidad de estudios, En todo caso, ante posibles causas de fuerza mayor de vida y fehacientemente acreditada, Capitol se reserva el estudio de la situación del expediente de baja académica. (Artículo nº 32)
• El importe asociado a la matrícula-reserva de plaza, en el caso que el estudiante renuncie voluntariamente a la formación, no sería reembolsable, salvo en los casos en los que el alumno o alumna no cumpla el requisito académico para poder acceder al curso al que se ha matriculado.